Leasing, renting o préstamo para vehículos y maquinaria: cuál conviene

Si quiere quedarse con el bien al final, suelen encajar mejor el préstamo o el leasing; si prefiere usarlo unos años sin ocuparse del mantenimiento ni de venderlo, suele encajar el renting. El leasing y el renting tienen además un tratamiento distinto en el Impuesto sobre Sociedades, y en el IGIC la deducción del impuesto tiene restricciones: conviene confirmarlo con su asesor fiscal. Le explicamos las diferencias con un ejemplo.

La respuesta corta: depende de si quiere quedarse con el bien

Si lo que quiere es ser el dueño del vehículo o de la máquina cuando termine de pagarla, suelen encajar mejor el préstamo o el leasing con opción de compra. Si lo que busca es usarla unos años y cambiarla, sin ocuparse del mantenimiento ni de venderla después, suele encajar el renting. No hay una opción mejor en todos los casos: depende de cuánto usa el bien, de cuánto tiempo lo necesita y de cómo quiere que figure en sus cuentas.

Estas son las diferencias principales, explicadas con palabras normales:

PréstamoLeasingRenting
¿Quién compra el bien?Usted, con dinero que le presta el bancoLa entidad financiera lo compra y se lo cede en usoLa empresa de renting, que es la propietaria
¿Qué pasa al final?El bien es suyo desde el principioPuede comprarlo pagando un último importe pactado (opción de compra), devolverlo o renovarLo devuelve o renueva con otro
Mantenimiento y seguroPor su cuentaPor su cuentaSuele incluirse en la cuota, según el contrato
Cómo suele figurarBien en su activo y deuda en su balanceBien en su activo y deuda en su balanceUn gasto de cada año, sin comprar el bien

El ICO (Instituto de Crédito Oficial) incluye el préstamo, el leasing, el renting y las líneas de crédito entre las modalidades de su línea Empresas y Emprendedores, según su web oficial consultada el 30 de octubre de 2026. Quien concede la financiación es siempre la entidad bancaria.

Cómo funciona cada uno

El préstamo

El banco le presta un importe y usted lo devuelve en cuotas durante un plazo. El bien es suyo desde el primer día y a veces queda como garantía de la operación (por ejemplo, con reserva de dominio). Es lo más sencillo y le permite decidir libremente qué hacer con el bien, pero normalmente tendrá que aportar usted una parte del precio. Como orientación, la calculadora de ROUZ estima que un préstamo para comprar maquinaria o vehículos cubre hasta el 80 % del coste, criterio nuestro según nuestra experiencia con las entidades, no un dato oficial.

El leasing

La entidad financiera compra el bien que usted ha elegido y se lo cede para que lo use durante un plazo a cambio de cuotas. Al final tiene la opción de comprarlo por un importe que se fija en el contrato desde el principio, devolverlo o renovar. Se llama también arrendamiento financiero. Según AvalCanarias, en su web consultada el 30 de octubre de 2026, el leasing con aval de la sociedad de garantía puede llegar hasta 8 años. Sin ese aval, según nuestra experiencia con las entidades, el leasing de vehículos y maquinaria se mueve normalmente entre 2 y 5 años.

El renting

Es un alquiler de larga duración. La empresa de renting es la dueña del vehículo o la máquina, y usted paga una cuota mensual por usarlo. En muchos contratos la cuota incluye mantenimiento, seguro o neumáticos, pero eso depende de cada contrato, y conviene mirar con lupa qué incluye y qué no. Al terminar lo devuelve. Suele tener límites de kilómetros u horas de uso y penalizaciones si se supera lo pactado.

Cuándo conviene cada uno

  • Préstamo: cuando quiere el bien muchos años y puede aportar una parte del precio.
  • Leasing: cuando quiere financiar casi todo el precio, tiene claro que quiere quedarse con el bien y le interesa pactar desde el principio lo que costará comprarlo al final.
  • Renting: cuando necesita vehículos o equipos que se queden anticuados pronto o que usa con unos límites previsibles, y prefiere una cuota fija que incluya el mantenimiento, sin preocuparse de venderlos después.

Hay un detalle que cambia mucho el resultado: cuánto va a usar el bien. Un vehículo que hace muchos kilómetros al año puede salir caro en renting por los excesos; una máquina que se usa pocas horas al año puede no compensar comprarla. Calcule con el uso real que espera, no con el ideal; si quiere ver antes cuánto podría financiar, puede probar la calculadora gratuita.

Un punto delicado: los impuestos (IGIC e Impuesto sobre Sociedades)

El leasing y el renting no tienen el mismo tratamiento en el Impuesto sobre Sociedades. En términos generales, el leasing (arrendamiento financiero) tiene un régimen propio en el artículo 106 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, y en las cuentas el bien se trata como una inversión suya; con el renting, la cuota se trata como un gasto del año. En el IGIC (el impuesto indirecto de Canarias, que sustituye al IVA en las islas), la Ley 20/1991 recoge en su artículo 30 exclusiones y restricciones del derecho a deducir el impuesto soportado, que pueden afectar a los vehículos, sobre todo si no se usan solo para la actividad de la empresa.

No damos aquí porcentajes ni plazos fiscales, porque dependen de la normativa vigente en cada momento y de su caso. Lo prudente es consultar el criterio de la Agencia Tributaria Canaria (para el IGIC) y de la Agencia Tributaria estatal (para el Impuesto sobre Sociedades) y confirmarlo con su asesor fiscal antes de firmar, porque a veces la diferencia fiscal pesa tanto como la diferencia de cuota.

Ejemplo: una furgoneta de 30.000 € para una empresa que factura 500.000 € al año

Este es un ejemplo con números inventados y redondos, solo para entender cómo se comparan las opciones. No son ofertas reales.

  • Préstamo: 30.000 € a 5 años con un tipo del 5 % supondrían unas 566 € al mes, unos 34.000 € en total. La furgoneta es suya desde el principio y los casi 4.000 € de diferencia son los intereses.
  • Leasing: una cuota parecida durante 4 o 5 años, más un último pago pactado si quiere quedarse con ella. Al cabo del tiempo la furgoneta puede ser suya.
  • Renting: una cuota que supongamos de 650 € al mes durante 4 años, con mantenimiento y seguro incluidos. Al terminar, la devuelve y no ha tenido que ocuparse de nada más. No tiene el bien al final.

Mirando solo la cuota, el renting parece más caro, pero si el mantenimiento y el seguro le habrían costado por su cuenta buena parte de la diferencia, la comparación cambia. La pregunta no es cuál tiene la cuota más baja, sino cuánto cuesta tener el vehículo durante el tiempo que lo necesita, todo incluido.

Qué mira la entidad y cómo afecta a su capacidad de endeudamiento

Aunque el renting no le obligue a comprar el bien, las cuotas fijas comprometidas cuentan al valorar si puede asumir más deuda. El leasing y el préstamo sí figuran como deuda, también en la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE), que los bancos consultan con su autorización. Puede ver cómo se valoran estas cosas en el artículo qué mira el banco antes de prestar a una empresa y cómo medir su nivel de deuda en el de ratio de endeudamiento.

Para los tipos, como orientación: según el Banco de España, el tipo medio de los préstamos nuevos de hasta 1 millón de euros a empresas fue del 3,60 % en agosto de 2026. Es una media ponderada, dominada por empresas con buena situación, y una pyme pequeña puede pagar bastante más. Las líneas con apoyo público se explican en préstamos ICO, AvalCanarias y ENISA y el panorama completo, en nuestra guía de financiación para empresas y autónomos en Canarias.

Calcule cuánto podría financiar

Nuestra herramienta gratuita le deja elegir entre leasing o renting, préstamo y otras opciones, y le da un rango orientativo de cuánto podría pedir su empresa a partir de su resultado, sus deudas actuales y el bien que quiere comprar. Para el leasing y el renting, la calculadora trabaja con un plazo máximo de 7 años y toma como tope el valor del bien. Son criterios de ROUZ según su experiencia con las entidades, no normas oficiales.

Pruebe a calcular cuánto podría pedir su empresa. El cálculo es gratuito y orientativo: no es una oferta ni una aprobación, la decisión siempre es de la entidad financiera, y un asesor de ROUZ revisa su caso si usted lo desea. El estudio de viabilidad y la preparación de la financiación tienen honorarios, que se le dan por escrito antes de empezar.

Preguntas frecuentes

¿Es mejor leasing o renting para una furgoneta?

Depende de si quiere quedarse con ella. Si quiere ser su dueño al final, suele encajar el leasing; si prefiere usarla unos años sin ocuparse del mantenimiento ni de venderla, suele encajar el renting. Lo importante es comparar el coste total, no solo la cuota mensual.

¿Qué diferencia hay entre leasing y renting?

En el leasing existe una opción de compra al final y el bien se trata como inversión suya. En el renting es un alquiler: no hay compra, la cuota suele incluir servicios y al final se devuelve el bien.

¿Cómo tributan el leasing y el renting?

No de la misma manera. Cómo se trata cada fórmula en el IGIC y en el Impuesto sobre Sociedades, y con qué límites en los vehículos, depende de la normativa vigente. Consúltelo con su asesor fiscal y con la Agencia Tributaria Canaria antes de firmar.

¿Puede un autónomo hacer leasing o renting?

Sí. Los autónomos también pueden contratarlos, y el ICO los incluye entre las modalidades de su línea para empresas y emprendedores, según su web de 30 de octubre de 2026. La entidad estudia su caso como en cualquier otra financiación.

¿Cuántos años se puede financiar una máquina?

Según AvalCanarias, el leasing con su aval llega hasta 8 años y su préstamo de inversión también, según su web del 30 de octubre de 2026. Sin ese aval, según nuestra experiencia con las entidades, lo habitual en vehículos y maquinaria es de 2 a 7 años, según el bien y la entidad.


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