TaxLine es el área fiscal de ROUZ. Le llevamos los impuestos de sus inmuebles en España y en Canarias: declaraciones de no residentes, IRPF, sociedades, IGIC, compraventas y herencias. El criterio es sencillo: cumplir, pagar lo que corresponde y aprovechar lo que la ley permite.
Trabajamos con los impuestos generales de España (IRPF, Impuesto sobre Sociedades, IVA, ITP-AJD o impuesto de transmisiones, IRNR o renta de no residentes e Impuesto sobre el Patrimonio) y con el Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF): ZEC, RIC e IGIC. Siempre aplicados a la compra, el alquiler, la venta y la herencia de inmuebles.
Qué inmuebles tiene, a nombre de quién, dónde reside y qué declara hoy.
Qué le exige la ley en su caso y qué le permite (RIC, ZEC, convenios de doble imposición), con el coste de cada opción.
Preparamos y presentamos los modelos en plazo ante la Agencia Tributaria y la Hacienda Canaria.
Si cambia la norma o cambia su situación, lo revisamos y le avisamos de lo que haya que ajustar.
Antes de dar un paso, le explicamos cómo le afectan el IRPF, el Impuesto sobre Sociedades (IS) y el Impuesto sobre el Patrimonio. Sociedades patrimoniales familiares (holdings), preparación de herencias, exenciones por empresa familiar, deducciones por inversión y régimen de impatriados (la llamada Ley Beckham), cuando se cumplen los requisitos.
Declaraciones de IRPF, IS, IVA, IGIC, modelo 720 (bienes en el extranjero) y el resto de obligaciones. Si hay algo pendiente, lo regularizamos. Le acompañamos en inspecciones y le representamos ante la Agencia Tributaria (AEAT), la Hacienda Canaria y las haciendas autonómicas y locales.
Qué impuestos se pagan al comprar, alquilar, vender o heredar un inmueble: IVA o IGIC, ITP-AJD, plusvalía municipal, Impuesto sobre Sucesiones e IRNR, incluida la presentación del Modelo 210 para no residentes. Si usted reside en otro país, revisamos el convenio aplicable para evitar la doble imposición.
Llevamos la contabilidad y las facturas de sociedades con inmuebles, incluidas las obligaciones de SII (Suministro Inmediato de Información) y Verifactu (el sistema de facturación verificable de la Agencia Tributaria) cuando le correspondan. Los informes se preparan según cómo prefiera ver usted sus números.
Canarias forma parte de la Unión Europea, pero tiene un régimen fiscal propio, reconocido en el Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE) por su condición de región ultraperiférica. Incluye figuras que no existen en el resto de España. Le explicamos cuáles le aplican y qué requisitos hay que cumplir y mantener.
Impuesto sobre Sociedades al 4 % para empresas que cumplan los requisitos de inversión, empleo y actividad. Le ayudamos con el alta, con el cumplimiento de los requisitos año a año y con lo que ocurre si dejan de cumplirse.
Permite reducir la base imponible del IS o del IRPF hasta el 90 % del beneficio no distribuido, con el compromiso de reinvertirlo en activos productivos en Canarias.
Sustituye al IVA con tipo general del 7 % (frente al 21 % peninsular). Le asesoramos sobre cuándo cobrarlo en sus facturas, cuándo puede deducirlo y cómo declararlo ante la Hacienda Canaria.
Deducción por inversiones en Canarias (DIC) y Arbitrio sobre las Importaciones y Entregas de Mercancías (AIEM). Revisamos si le afectan en proyectos industriales, comerciales o inmobiliarios.
Cómo entendemos la asesoría fiscal.
Si tiene inmuebles en España o en Canarias y quiere saber qué le corresponde declarar y qué le permite la ley, cuéntenos su caso.
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