Anticipo de inversiones y deducciones
Adquirir activos fijos antes del 31 de diciembre permite empezar la amortización el ejercicio siguiente y, en casos elegibles, aplicar deducciones por inversión. En Canarias, la DIC mantiene tipos atractivos que mejoran las deducciones estatales. Conviene revisar qué inversiones previstas para el primer trimestre tendría sentido anticipar.
RIC: dotación con plan
Dotar RIC sin tener planificada la materialización futura es una mala práctica que se traduce en regularizaciones tres años después. Diciembre es el último momento para decidir la dotación con el plan de materialización razonable —activos productivos, suscripción de acciones de ZEC, deuda pública canaria, vivienda en alquiler—. Decidir bien ahora ahorra problemas más tarde.
Pagos fraccionados y exceso de tributación
Si los pagos fraccionados del ejercicio han sido superiores al impuesto que efectivamente corresponderá, parte del exceso podrá solicitarse en devolución. Conviene revisar la previsión de resultado del ejercicio para evitar tener inmovilizado capital innecesariamente y para ajustar el último pago fraccionado.
Compensación de BINs y deducciones pendientes
Bases imponibles negativas pendientes de ejercicios anteriores y deducciones no aplicadas tienen plazos de prescripción y reglas de aplicación. Revisar el saldo, la antigüedad y la capacidad de compensación contra la base del ejercicio en curso permite optimizar y, donde procede, planificar para los siguientes.
Lo que no se cierra en diciembre
Reorganizaciones societarias, salidas significativas de socios, donaciones planificadas en vida con consideraciones de Impuesto sobre el Patrimonio. Son decisiones que merecen meses de diseño y rara vez funcionan bien con prisa. Si no están listas, mejor enero.
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