ZEC: cómo aplicar el 4 % de Impuesto sobre Sociedades en Canarias

La Zona Especial Canaria es el instrumento más conocido del REF y también el más malinterpretado. Repasamos qué empresas encajan, qué requisitos hay que cumplir y qué errores evitar al constituir una entidad ZEC.

Qué es la ZEC

La Zona Especial Canaria es un régimen fiscal de baja tributación creado en 2000 y prorrogado por la Comisión Europea hasta 2026 (con expectativa de nueva prórroga). Permite a entidades autorizadas tributar al 4 % en el Impuesto sobre Sociedades sobre los rendimientos derivados de actividades elegibles realizadas materialmente en el archipiélago.

Requisitos sustantivos

Para acceder a la ZEC, una entidad debe constituirse en Canarias o establecer aquí una sucursal, realizar una inversión mínima en activos fijos (100.000 € en Tenerife y Gran Canaria, 50.000 € en las islas no capitalinas) en los dos primeros años, crear empleo mínimo (5 o 3 puestos según isla) y dedicarse a una actividad elegible recogida en el listado oficial. Servicios profesionales, comercio internacional, audiovisual, I+D, logística y un amplio espectro de actividades de servicios son elegibles; el sector inmobiliario puro no lo es de forma directa, aunque sí ciertas modalidades de gestión y prestación de servicios asociados.

Plazo de inscripción y mantenimiento

El proceso pasa por la inscripción en el Registro Oficial de Entidades ZEC (ROEZEC) tras presentar un plan de actividades, plan de inversiones y plan de empleo. Una vez autorizada, la entidad mantiene la condición ZEC mientras cumpla los requisitos: si decaen, pierde el régimen y vuelve al tipo general del IS.

Coste real y rentabilidad

Más allá del titular del 4 %, conviene calcular el coste real de operar bajo ZEC: tasa anual de mantenimiento, requisitos de empleo, auditoría reforzada y la propia complejidad operativa. Para volúmenes pequeños el ahorro neto no compensa; a partir de cifras de negocio relevantes, la ventaja es significativa.

Para qué usamos la ZEC en ROUZ

Internamente la utilizamos para estructurar la prestación de servicios profesionales del grupo —fiscal, legal, gestión— a operaciones internacionales. La actividad puramente inmobiliaria la canalizamos por otros vehículos, normalmente fuera de ZEC.


¿Quieres saber más sobre cómo abordamos este tipo de operaciones en ROUZ? Hablemos directamente o explora las divisiones del grupo.

Artículos relacionados

Sigue leyendo

Hablemos de tu operación.

Si quieres explorar una coinversión o necesitas estructurar una operación inmobiliaria, escríbenos directamente.

contáctanos